domingo, 8 de noviembre de 2009

DICCIONARIO JURÍDICO



ACTO STRICTU SENSU
Llamados también actos de derecho son los actos jurídicos ilícitos que determinan necesariamente consecuencias jurídicas, ex lege, independiente de sí han sido queridas o no. Tiene la condición jurídica de actos las situaciones en las que se tienen en cuenta la actuación de una persona como conducta querida. Cuando la norma se refiere a un acto, sólo se tiene en cuenta aquel en que se unen conducta y voluntad.
ACTO TÍTULO ONEROSO
Acto jurídico entre vivos o de última voluntad, unilateral o convencional, que sólo procura o procurará una ventaja a determinada persona siempre que ésta proporcione un equivalente de ella.
ACTOS DE COMERCIO
Acto voluntario que origina relaciones por el derecho mercantil .Todos los actos que se hayan bajo el dominio de las leyes comerciales y son juzgadas por los tribunales con arreglo a ellas.
ACTOS DE DISPOSICIÓN
Personas jurídicas capacitadas a tales efectos para enajenar un bien de cualquier clase o para gravarlo con un derecho real. Provocando una modificación sustancial del patrimonio.
ACTOS DE EJECUTIVOS
Son aquellos que realizan las autoridades, encaminados hacer cumplir las leyes o reglamentos y disposiciones o para hacer efectiva una sentencia judicial o un acto administrativo.
ACTOS ENTRE VIVOS
Más corriente, Inter vivos, son aquellos que, a diferencia de los mortis causa, producen sus efectos jurídicos con independencia del fallecimiento de la persona de cuya voluntad emanan.
ACTOS PREPARATORIOS
Son los que tienden a realizar el propósito criminal, auque objetivamente pueden servir para conseguir resultados inocuos.
ACTOS PROCESALES
Son los hechos voluntarios que tienen por efecto directo o inmediato la constitución, el desenvolvimiento o la extinción del proceso, sean que procedan de las partes, del órgano judicial, o de terceros vinculados a aquel por motivo de una designación, citación o requerimiento destinados al cumplimiento de una función.
ACTOS ILÍCITOS
Llamasen así los que se realizan en contra de una norma de derecho positivo, antijurídicamente, ya se actúe de forma dolosa y con negligencia. Se puede realizar también por omisión al abstenerse del cumplimiento de una obligación.
ACTOS INEXISTENTES
Son aquellos que carecen de valor jurídico pretendiendo por las partes interesadas, a causa de haberse omitido algún requisito esencial para su formación.
ACTOS JURÍDICOS
Manifestación de voluntad cuyo fin es crear o modificar el orden jurídico. Hay acto jurídico siempre que la manifestación de voluntad de un individuo produce un efecto de derecho. / Los actos jurídicos pueden ser puros y simples, sometidos a plazo o sujetos a condición suspensiva o resolutoria.
ACTOS SEXUALES ABUSIVOS
Delito contra la libertad y el pudor sexuales, en los cuales el agente hace victima de trato deshonesto a una persona inexperta, inmadura o incapaz de resistirse.
ACTOS SOLEMNES
Son los que requiere para su validez y eficacia jurídicas el cumplimiento de ciertos requisitos formales: escritura pública, presencia de testigos, autorización judicial.
ACTOS UNILATERALES Y BILATERALES
Es acto Unilateral aún la manifestación de voluntades de varias personas, si tienen un sólo interés, por ejemplo, la renuncia de los copropietarios a la cosa común. En cambio, en los actos bilaterales son más de una las partes, existiendo consecuencialmente pluralidad de personas y los intereses son diversos y contrapuestos.
ACTORE NON PROBANTE REUS EST ABSOLVENDUS
Este aforismo latino expresa que no probando el actor su demanda, debe ser absuelto el demandante.
ACTUACIONES
Son todas las tramitaciones que constituyen las piezas de asuntos redactas durante el desarrollo del juicio o proceso.
ACUERDO
Conversación celebrada entre particulares, colectividades o Estados, y destinada a regular una situación jurídica difícil o fijar las medidas de aplicación de una conversación o tratado.
ACUMULACIÓN DE ACCIONES
Se produce cuando en un solo proceso se reúnen dos o más acciones, conexas para que sean resueltas en una sentencia única. Cauture la define como acción y efecto de proceder el demandante a reunir en una misma demanda diversas pretensiones que tenga contra el demandado, en las condiciones autorizadas por la ley. Es requisito de la acumulación que las pretensiones no sean contradictorias entre sí, correspondan a la jurisdicción del mismo juez y puedan sustanciarse por los mismos trámites.
ACUMULACIÓN DE PROCESOS
Acción y efecto de reunir dos o más procesos o expedientes en trámite, con el objeto de que todos ellos constituyan un solo juicio y sean terminados por una sola sentencia. Es requisito de la acumulación que los procesos contengan pretensiones conexas que de sustanciarse por separado puedan dar lugar a decisiones contradictorias o de cumplimiento imposible por efecto de la cosa juzgada.
ACUMULACIÓN DE PROCESOS CIVILES
Su finalidad es la de evitar que puedan producirse fallos contradictorios sobre asuntos conexos o sobre un mismo litigio, y procurar que se cumpla el principio de la economía procesal.
ACUSACIÓN
En general se entiende por acusación la que se ejercita ante el juez o tribunal de sentencia, contra la persona que en el sumario aparece como presunta culpable, y se denomina denuncia el hecho de poner en conocimiento del juez instructor la posible existencia de un delito y de un probable delincuente.
ACUSADO
Persona a quien se imputa la comisión de un delito. Claro es que la acusación no presupone la culpabilidad del imputado, ya que la causa que se le siga puede ser sobreseída definitivamente o terminar en una absolución. / Es la persona contra el cual se ha dictado resolución de acusación por el fiscal o representante del ministerio público, una vez finalizada la etapa sumarial.
ACUSADOR
Es el encargado de sostener la acusación en la etapa plenaria del proceso; es decir, después de proferida la resolución de acusación. El acusador puede ser público o privado.
AD EFFECTUM VIDENDI
Es de uso corriente en los escritos procesales, se emplea cuando se pide que un documento o un expediente sean presentados al juez o tribunal, para que lo tengan en cuenta al dirimir la cuestión de que se trate.
AD HOC
Se emplea comúnmente en las designaciones de funcionarios para casos distintos de su tarea específica. / Se utiliza para significar que una cosa es adecuada para un objeto o fin determinados.
AD HUC SUB IUDICE LIS EST
Se refiere aquellos litigios en los que, a pesar de encontrarse en condiciones para ello, todavía no ha habido pronunciamiento judicial.
AD LITEM
Locución Latina que se usa para significar que un poder, facultado o autorización, se otorga con los solos fines del juicio. Así, dijese procurador, fiscal, curador, defensor, juez.
AD NUTUM
Locución Latina y castellana .A placer, a capricho, a voluntad. Alude al hecho de que en un contrato puede producirse una revocación de carácter unilateral.
AD PROBATIONEM
Locución Latina jurídicamente significa que la formalidad exigida por la ley para constitución de un acto jurídico tiene como finalidad esencial la prueba de dicho acto. La carencia de formalidad requerida no invalida el acto, por ser subsanable la omisión posteriormente.
AD QUEM
En la terminología forense se emplea la expresión ad quem para aludir al tribunal ante el cual se apela de la sentencia dictada por él “a quo”.
AD SOLEMNITATEM
Se utiliza esta locución latina para significar que la formalidad exigida por la ley en la constitución u otorgamiento de un acto jurídico es esencial para su existencia jurídica, por parte del acto y no simplemente medio de prueba.
AD VALOREM
Locución Latina, incorporada al castellano. Según el valor, hasta el valor. Se usa corrientemente en el derecho marítimo en finanzas y en materia de tasación aduanera.
ADAGIO
Sentencia breve, con importancia jurídica, porque equivale a principio o norma no legal, pero supletoria de la ley y constituida o aforismo que gozan de general y constante aceptación por jurisconsultos y tribunales.
ADECUACIÓN DIRECTA
Se presenta cuando el juez logra realizar de forma directa e inmediata el proceso de subsunción de una concreta conducta humana dentro de un tipo penal determinado.
ADECUACIÓN TÍPICA
Es el proceso mediante el cual un concreto comportamiento humano se subsume en un tipo penal determinado.
ADHESIÓN
Consentimiento que presta una persona al acto realizado o a la proposición formulada por otra.
ADJUDICACIÓN
Acción y efecto de conceder a uno la propiedad de alguna cosa.
ADJUDICACIÓN DE LICITACIONES
Puede hacerse en audiencia pública a solicitud de cualquiera de los proponentes.
ADJUDICAR
Es la acción de declarar lo que a una persona pertenece o asignarle una cosa como de su pertenencia.
ADJUNCIÓN
La adjunción la define el código civil como una especie de accesión que se verifica cuando dos cosas muebles pertenecientes a diferentes dueños se juntan de una a otra, pero de modo que puedan separarse y subsistir cada una después.
ADJUNTO
Es la persona colocada junto al titular de una función, para ayudarlo y eventualmente suplirlo.
ADMINISTRACIÓN
Acción de administrar o manejar un bien, un conjunto de bienes o un patrimonio por cuenta propia o ajena. / Ordenamiento económico de los medios de que se dispone y uso conveniente de ellos para proveer a las propias necesidades.
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Conjunto de tribunales de todas las jurisdicciones cuya misión consiste en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas.
ADMINISTRACIÓN DE LA DEMANDA
La demanda admisible es la propuesta proseguida con adecuación a los requisitos que la ley prescribe, independientemente de las razones de fondo que la justifiquen.
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
La actividad administrativa de los órganos del Estado en todas sus escalas o jerarquías. / Conjunto de las entidades y de personas que tienen a su cargo el cumplimiento de los cometidos estatales, la prestación de los servicios públicos y el efectivo reconocimiento de los derechos e intereses de los habitantes.
ADMINISTRADOR
Persona natural o jurídica que administra sus propios bienes o los ajenos. / Es la persona que, en el orden comercial, civil o judicial, administra un bien o un patrimonio por cuenta ajena, actuado en carácter mandatario simple o de socio administrador.
ADMISIÓN
Aceptación de un socio o miembro en sociedad, academias, corporaciones, reuniones. / Acción y efecto de admitir.
ADOPCIÓN
Persona que recibe como hijo a quien no lo es por naturaleza, dándole los derechos civiles correspondientes, siguiendo el procedimiento prescrito por la ley.
ADQUISIÓN A TÍTULO SINGULAR
Adquisición de uno o varios bienes individualmente determinados por los interesados.
ADSCRIBIR
Persona al servicio de un organismo o darle un destino determinado. Es muy frecuente en la administración pública.
ADUANA
Oficina Pública donde se registran las mercancías que se importan o exportan y se cobran los impuestos que adeudan conforme a una tarifa de avalúos. / Lugar geográfico en que los servicios estatales exigen el cumplimiento de las normas que regulan la importación y exportación de mercancías.
ADULTERACIÓN
En lenguaje jurídico equivale a falsificación, por cuanto supone el cambio en la sustancia de una cosa para alterar su sentido, su destino o su valor, hecho del cual puede resultar un perjuicio.
AFECTACIÓN
Manifestación de voluntad del poder público, mediante un bien dependiente del dominio privado del Estado queda incorporada al uso público.
AFIANZAR
El afianzamiento es todo acto de garantía por débito ajeno. Se comprende, por tanto, dentro de él, no sólo la fianza, sino también el aval y demás actos de garantía por obligaciones de terceros.
AFFIDAVIT
Documento escrito en que se da conocimiento o juramento de algo ante quien está capacitado para ello por la administración, con objeto de dejar constancia del hecho y producir los efectos jurídicos correspondientes.
AFINIDAD
Parentesco que mediante el matrimonio se establece entre cada cónyuge y los deudos por consanguinidad del otro.
AFORO
Valuación de mercancías con objeto de la percepción de derechos aduaneros de importación y exportación o de cualquier otro aspecto del control fiscal.
AGENCIA
Sucursal de un establecimiento financiero o de una empresa de transportes. / Oficinas dependientes de la casa central y con misiones específicas, es decir, que cumplen, por lo general, sólo alguno de los aspectos de la actividad mercantil.
AGENCIA COMERCIAL
Contrato por medio de un comerciante asume, el cargo de promover o explotar negocios en un determinado ramo y dentro de una zona, como representante o agente de un empresario nacional o extranjero, o fabricante o distribuidor de uno o más productos.
AGENCIA DE EMPLEOS
Servicios privado, establecido por una persona natural o jurídica con la finalidad directa o indirecta de colocación de empleo a terceras personas de carácter permanente o temporal.
AGENCIA OFICIOSA
Cuasicontratos por el cual una persona que administra los bienes de otra sin mandato, se obliga con ella, y en ciertos casos le imponen obligaciones.
AGENTE
Persona desprovista de carácter representativo, que colabora en el funcionamiento de los servicios públicos, bajo la dirección de gobernantes.
AGENTE CONSULAR
Todo Funcionario agregado al servicio consular, por oposición a los agentes diplomáticos, únicos que tienen el carácter de representantes del estado.
AGENTE DE CAMBIO Y BOLSA
Agente intermediario consagrado a la negociación de efectos públicos y de otros susceptibles de ser cotizados en las bolsas de comercio, mediante la percepción de comisiones.
AGENTE DIPLOMÁTICO
Persona encargada de representar a un jefe de Estado o a un Estado, ante otro jefe de Estado o Estado Extranjero o en una asamblea de delegados de Estados.
AGENTES DIPLOMÁTICOS EXTRANJEROS
Corresponde al presidente la atribución de recibirlos. La Corte Suprema de Justicia conoce de sus negocios contenciosos, en los casos previstos por el Derecho Internacional.
AGIO
Especulación abusiva, sobre seguro y con perjuicio de tercero, en orden al valor de cambio, precios de los productos, realizada mediante maquinaciones tendientes a impedir el libre juego de la ley de la oferta y la demanda o utilizando procedimientos contrarios a la ley.
AGRARIO
Hace referencia en el ámbito jurídico al Derecho Agrario, que pretende implantar la Reforma Social Agraria, para lograr un acrecentamiento de la producción y una mejor distribución de la tenencia de la tierra.
AGRAVACIÓN
Es toda circunstancia o accidente que convierte a la cosa en más molesta u onerosa, de más difícil soporte. En Derecho, y en ese sentido más genérico y amplio, se aplica a las obligaciones, contratos, servidumbre, tributos, etc.
AGRAVANTES
Son circunstancias que concurren en la ejecución de un delito, cuya gravedad excede el termino medio que la ley considera como tipo al definir los hechos del delito.
AGRAVIO
En Derecho Procesal. Menoscabo del cual se queja el apelante y que expone ante el juez superior, por habérselo causado la sentencia del inferior.
AGRAVIO MATERIAL
El que carece de integridad física o el patrimonio de una persona, como consecuencia de un acto ilícito, civil o penal, realizado por otra persona, que queda obligada a la reparación del daño causado.
AGRESIÓN
En el Derecho Penal, como hecho violento, injusto y contrario a la norma jurídica protectora de bienes e intereses individuales, está referida a los delitos de homicidio, lesiones y abuso de armas. / Constituye un elemento que juega con la legítima defensa.
AGUAS DE USO PÚBLICO
Los cursos y depósitos naturales de agua que por estar dentro del territorio Nacional Colombiano son bienes de la Unión y tiene uso público.
ALBACEA
Ejecutor testamentario, persona designada por el testador para que, después de su muerte, ejecute las disposiciones de última voluntad.
ALBEDRÍO
Significa la facultad del hombre de elegir entre diferentes conductas posibles, sin que las causas exteriores prejuzguen unívocamente la elección. Fuera del Derecho el problema del libre albedrío se plantea en la tecnología moral y en la filosofía. Se distingue en la facultad general del libre albedrío, y su relación en el caso concreto. He aquí el campo de acción del Derecho: éste separará los casos en que la voluntad actúa como verdadera libertad de aquellos otros en los cuales pueden resultar mediatizada o cohibida. A éste efecto el Derecho distingue entre imputabilidad e inimputabilidad.
ALEA
Acontecimiento futuro e incierto que influye en la economía del contrato administrativo.
ALEVOSIA
Cautela para asegurar la comisión de un delito contra las personas, sin riesgo del delincuente. Equivale a traición y a perfidia.
ALIANZA
Unión de dos o más personas o entidades que concurren para un mismo fin. / En Derecho Internacional, la alianza se refiere a tratados entre dos o más estados, en los que los aliados se prometen mutuo auxilio militar en determinado caso.
ALIMENTOS
Prestación en dinero, y excepcionalmente en especie, necesaria para el mantenimiento y subsistencia de una persona indigente y ésta puede reclamar a las personas señaladas por la ley.
ALLANAMIENTO
Acto de conformarse con una demanda o decisión. / Acto procesal consiste en la sumisión o aceptación que hace el demandado conformándose con la pretensión formulada por el actor en su demanda.
ALLANAMIENTO A LA DEMANDA
Reconocimiento hecho por el demandado en cuanto a la certeza o veracidad de los hechos y circunstancia en los cuales se fundan la demanda y las pretensiones del actor.
ALTA MAR
Son aquellas partes o masas, que no forman parte del mar territorial o de las aguas interiores. Es alta mar, el espacio marítimo donde ningún Estado ejerce soberanía.
ALZAMIENTO
Rebelión, levantamiento público tumultuario, con o sin armas y en actitud de hostilidad contra las autoridades públicas, con el fin de conseguir alguna finalidad ilícita.
ALZAMIENTO DE BIENES
Actitud delictiva de un deudor o insolvente que desaparece con sus bienes o parte importante de ellos, o lo oculta, para impedir que se hagan pago sus acreedores. / Conducta punible en que incurre quien no siendo comerciante y con el propósito de perjudicar a su acreedor, alza con sus bienes o los oculta o comete cualquier otro fraude.
AMBIENTE
Es deber del Estado proteger su diversidad e integridad. Las acciones populares se instituyen para proteger los derechos e intereses colectivos relacionados con él.
AMENAZA
Persona que intimida a otro con causar a él o a su familia, en sus personas, honor o bienes, un mal que constituye delito. / Atentado contra la libertad y seguridad de las personas.
AMIGABLE COMPONEDOR
Persona a quien, sola o en unión de otra o varias, la ley o el compromiso de las partes confiere la facultad de procurar la avenencia entre éstas o con más propiedad, dirimir amistosamente los conflictos que ella sometan a su decisión en materia civil o comercial.
AMNISTIA
Acto por el cual ceden perdón y olvido a ciertas personas que cometieron delitos políticos y aun no han sido condenadas plenamente.
AMOJONAMIENTO
Acto de señalar con hitos o mojones los límites de un fundo, lo que puede hacerse por acuerdo de los propietarios colindantes o mediante un juicio de mensura y deslinde.
AMORTIZACIÓN
Extinción gradual de una deuda mediante pagos efectuados en fechas fijas o periódicas. / Pago realizado a los accionistas, con los beneficios obtenidos por la sociedad, de una suma igual al importe nominal de las acciones, sin que el accionista pierda sus derechos de socios, ya que su titulo es reemplazado por una acción de goce.
AMOVIBLE
Mover o trasladar. / puede ser quitado del lugar que ocupa o del puesto o cargo que tiene.
ANALOGÍA
Relación de semejanza existente entre un caso previsto en la ley y otro no contemplado expresamente por ella, el juez o el intérprete aplican al caso no previsto la disposición reguladora de otro similar.
ANARQUÍA
Desorden, confusión por carencia de autoridad en un pueblo a la cual obedecer, donde el poder esta generalmente suspendido.
ANATOCISMO
Acumulación de intereses con la suma principal debida en el contrato de mutuo, para formar un capital superior que a su vez producirá réditos en beneficios del mutuante.
ANEXIÓN
Todo acto, incluido o no en un tratado, en virtud del cual la totalidad o parte del territorio de un Estado pasa a depender de la soberanía de otro, con su población y los bienes que allí se hallen.
ÁNIMO DE LUCRO
Intención o propósito de obtener un beneficio o ganancia en la realización de un acto o negocio jurídico.
ANIMUS
Elemento intencional que debe tenerse en cuenta en cierto número de situaciones jurídicas, para determinar la naturaleza exacta de éstas.
ANIMUS NOVANDI
Intención de sustituir una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por tanto extinguida.
ANOTACIÓN
Acción y efecto de consignación o nota que se toma en un libro, documento, estado o cuenta.
ANTICIPO
Dinero que se abona antes del vencimiento. / Adelanto, pago en efectivo o remesa de mercancías por la cual el consignatario debe rendir cuenta en una fecha posterior.
ANTICONSTITUCIONAL
Contrario a la Constitución vigente y que, por tal motivo, produce la invalidez de la ley, reglamento, acto administrativo, etc., que adolezca de ese vicio.
ANTICRESIS
Contrato por el que se entrega al acreedor un bien raíz, perteneciente al deudor o a un tercero que consiente en ello, para que se pague con sus frutos. El contrato se perfecciona por la entrega del inmueble.
ANTICRESIS COMERCIAL
Contrato comercial por el que un acreedor recibe de su deudor un bien mueble o inmueble, con el fin de que se pague con sus frutos, pero sin que dicha entrega le confiera, por sí sola, un derecho real sobre la cosa entregada.
ANTIJURIDICIDAD PENAL
Alcance injusto de una conducta tipificada por el legislador como hecho punible, en cuanto contradice el ordenamiento jurídico del Estado aleccionar o poner en peligro, sin una circunstancia que lo justifique, bienes tutelados por ese mismo ordenamiento.
ANULABILIDAD
Condición de los actos o negocios jurídicos que pueden ser declarados nulos e ineficaces por existir en su constitución un vicio o defecto capaz de producir tal resultado.
ANULABILIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO
La anulabilidad es consecuencia o resultante de una trasgresión leve al ordenamiento jurídico. En la consecuencia de un vicio menor o irregularidad, que no llegue a impedir la existencia de alguno de los elementos esenciales del acto administrativo, pero que, durante cierto lapso, puede motivar su nulidad.
ANULACIÓN
Pérdida de su eficacia por defectos de fondo o de forma, de un acto jurídico. / Dar por nulo y sin valor ni efecto un tratado, contrato, testamento, y en general cualquier acto o documento, siempre que se haga por quien tiene competencia para ello.
APARCERIA
Contrato de arrendamiento de un inmueble rural o predio rústico, en el que el arrendador se obliga a ceder al arrendatario el disfrute o la explotación de dicho inmueble, y el segundo, a su vez, a pagar como precio una parte alícuota de los frutos o utilidades producidos por la finca arrendada.
APÁTRIDA
Persona que es desposeída de su nacionalidad sin haber adquirido previa o simultáneamente una nueva. / Persona que no posee la nacionalidad de un Estado determinado.
APELACIÓN
Recurso planteado ante una jurisdicción superior, para obtener la revocación total o parcial de una decisión de la jurisdicción inferior.
APERTURA
Acto de abrir o iniciar una reunión, un hecho, un documento, una contabilidad.
APODERADO
Persona que ha recibido mandato de otra para ejercer en su lugar ciertos poderes.
APODERAMIENTO
Acto por el cual una persona confiere poder a otra para que actúe en su nombre o representación.
APRECIACIÓN DE LAS PRUEBAS
Valoración que el juzgador realiza sobre las pruebas presentadas en un juicio o causa.
APROBACIÓN
Acto de dar por buena alguna cosa.
APUESTA
Pacto por la cual dos personas, de las que una afirma y otra niega un determinado hecho, se obliga a pagar cierta suma a aquella que, una vez efectuada la verificación, se halle que estaba en lo cierto o a cumplir a favor de ella una prestación determinada.
AQUIESCENCIA
Adhesión de una persona a un acto otorgado, a una demanda interpuesta o a una sentencia dictada contra ella.
ARANCEL
Tarifas oficiales, tablas o catálogos en que se determinan las cantidades que se han de pagar por la prestación de determinado servicio o para la liquidación de alguna tasa o impuesto.
ARBITRAJE
Decisión de una o más personas llamadas árbitros de un litigio que las partes han sometido de común acuerdo a su apreciación, en virtud de una conversación anterior o posterior al litigio.
ARBITRAJE INTERNACIONAL
Medio de solución pacífica de los conflictos internacionales, que consiste en someter un diferendo entre Estados a la decisión arbitral del jefe de un tercer estado que acuden a él, mediante la celebración del respectivo compromiso, por personas de reconocida competencia.
ARBITRAJE OBLIGATORIO
Solución de un conflicto colectivo de trabajo por un tribunal de árbitros que debe decidir sobre los puntos respecto de los cuales no se produjo acuerdo entre las partes durante las etapas de arreglo directo y de medición, cuando la ley laboral ha previsto el sometimiento forzoso al fallo arbitral.
ÁRBITROS
Personas que se designan para decidir, en derecho o en conciencia, las controversias susceptibles de transacción entre personas que han celebrado un compromiso o cualquier contrato en el cual estipule la cláusula compromisoria.
ARCAS TRICLAVES
Cajas con tres cerraduras o candados en las cuales se guardan los documentos electorales. Estas deben ir marcadas en su exterior con el nombre del municipio al cual corresponden.
ARCHIVO
Lugar en donde son conservados los títulos, sentencias y demás, para su fácil consulta y óptima conservación.
AREAS METROPOLITANAS
Unión de dos o más municipios que en razón de sus vínculos económicos, sociales y físicos se organizan como entidad administrativa autónoma, con el objeto de coordinar y programar el desarrollo armónico e integrado del territorio colocado bajo su autoridad.
ARISTOCRACIA
Gobierno en que solamente ejercen el poder las personas más notables del Estado.
ARMADOR
Persona natural o jurídica que, sea o no propietaria de la nave, la apareja, la pertrecha y la expide a su propio nombre y por su cuenta y riesgo, percibe las utilidades que producen y soportan todas las responsabilidades que la afectan.
ARMAS
Instrumento que se pueden emplear en el ataque o en la defensa. / Por mandato constitucional solo el gobierno puede introducir, fabricar y poseer armas y municiones de guerra.
ARMISTICIO
Acuerdo entre dos beligerantes para el cese de las hostilidades, en espera de que la paz sea o no concluida.
ARRAIGO JUDICIAL
Medida cautelar que se debe imponer al comerciante fallido en el auto que declara la quiebra, su objetivo es lograr que el quebrado permanezca en el sitio donde cursa el proceso, para que no se sustraiga a la exigibilidad de sus obligaciones.
ARRAS
Suma de dinero o cosas que una de las partes del contrato de compraventa entrega a la otra, ya como garantía de la celebración o ejecución de dicho contrato, prueba de que éste fue celebrado.
ARREGLO JUDICIAL INTERNACIONAL
Medida de pacifica solución para los conflictos internacionales, consiste en someter una controversia jurídica entre Estados a la jurisdicción de un tribunal internacional de justicia.
ARREGLO PACÍFICO DE CONTROVERSIAS
Principio del Derecho Internacional Público, recogido por la carta de las Naciones Unidas, por el cual los Estados parten de una controversia cuya contribución sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y de la seguridad internacionales, ante todo deben buscarle una solución mediante cualquier medio pacifico que acuerden.
ARRENDAMIENTO
Contrato en que dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa o a ejecutar una obra o prestar un servicio y la otra a pagar por este goce, por un precio determinado.
ARRESTO
Pena privativa de la libertad consiente en la reclusión por un tiempo breve en un establecimiento destinado al efecto, con la cual se sancionan las contravenciones y ciertos delitos.
ARTESANO
Persona económicamente independiente que produce para el mercado aportando su propio capital y su trabajo y que puede ser ayudado por miembros de su familia.
ASALARIADO
Persona que realiza un trabajo personal por cuenta y bajo dependencia ajenas, recibiendo una retribución de la persona a cuyo servicio actúa. Esa retribución puede ser tanto en dinero como en especie.
ASAMBLEA
Reunión de varias personas para discutir y deliberar sobre cuestiones comunes.
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL
Grupo administrativo de elección popular que funciona periódicamente en cada departamento, conformado por no menos de quince y máximo treinta miembros.
ASCENDIENTE
Relación a una persona, sus antepasados en las líneas rectas masculinas y femeninas, tanto por parte de Padre como de Madre.
ASEGURADO
Persona a cuyo favor se contrata un seguro, para su beneficiario.
ASEGURADOR
Sociedad que, a cambio de la prima o premio que le abona el tomador del seguro, se hace cargo de los riesgos que pueden sobrevenir a las personas o a las cosas aseguradas y que constituye el objeto del contrato.
ASESORAMIENTO ILEGAL
El sujeto activo de este delito es el empleado oficial que ilegalmente representa, litiga, gestiona o asesora en asunto judicial, administrativo o policivo.
ASESINATO
Acción de matar a una persona cuando en ese hecho delictivo concurren determinadas circunstancias de agravación. / Homicidio cometido intencionalmente.
ASESOR
Abogado que ilustra con su dictamen a las funciones o personas legas en Derecho, que deben tomar alguna determinación referente a materias jurídicas.
ASIENTO
Determinación de la base concreta sobre la cual deben cumplirse ciertos hechos.
ASIGNACIONES FORZOSAS
Llamase aquellas que por mandato de la ley está obligado el testador a hacer y se suplen cuando no las hacen, aun contra sus expresas disposiciones testamentarias.
ASIGNACIONES MODALES
Llamase aquellas que imponen al asignatario la obligación de aplicar lo asignado a un fin especial, como el de hacer una obra o sujetarse a una carga.
ASIGNACIONES POR CAUSA DE MUERTE
Señalamiento que hace la ley o Testamento de una persona fallecida, para poder trasmitir los bienes a quienes deben sucederla.
ASILO
Amparo, protección. / Se reconoce el derecho a solicitarlo y a obtenerlo en los términos previstos por la Ley.
ASILO DIPLOMÁTICO
Institución por la cual un Estado recibe y protege a un delincuente político en inmueble diplomático, navío de Guerra campamento o Aeronave Militar.
ASISTENCIA
Prestación de ayuda o socorro. / Atención profesional, sea médica, jurídica o religiosa, a toda persona o grupo de ellas, en trance de necesitarla.
ASISTENCIA MILITAR
Ayuda que las fuerzas militares prestan a la policía cuando se presenta una situación de desorden de grave carácter o para afrontar una catástrofe o calamidad pública.
ASOCIACIÓN
Conjunto de asociados que ponen en común sus conocimientos, su actividad y sus recursos, con un fin determinado.
ASONADA
Reunión o concurrencia numerosas para conseguir, tumultuaria y violentamente por cualquier fin político. / Delito contra el régimen constitucional.
ATENUANTES
Implica la disminución de una culpabilidad por la concurrencia en la comisión del delito o de la falta de ciertas circunstancias, de muestra mayor perversidad o malicia.
ATESTACIÓN
Testimonio, declaración de un testigo o de una persona que afirma alguna cosa.
ATRIBUCIÓN
Señalamiento o fijación de “competencia”. Facultad, potestad concedida por disposición legal o inherente a determinado cargo. Atribución también significa determinado circulo de deberes, “campo de asuntos”, cuya resolución corresponde a un funcionario u órgano administrativo competente.
AUDIENCIA
Acto por intermedio del cual una autoridad administrativa o judicial, en función de juzgar, oye a las partes o recibe las pruebas.
AUDIENCIA PÚBLICA
Observación celebrada dentro de la etapa de juzgamiento del proceso penal, en fecha y hora asignada por el juez, con asistencia obligatoria del defensor, del fiscal que actúa en nombre del ministerio público y el procesado.
AUTO
En el lenguaje forense esta voz se utiliza en singular y plural, en ambos modos hace referencia a una categoría de resoluciones judiciales.
AUTO DE CONTROL DE LEGALIDAD
Proceso penal que dicta el juez de conocimiento, tras recibir la resolución de acusación, si después de revisar la actuación procesal considera que ella no está afectada por alguna causal de nulidad.
AUTO DE DETENCIÓN
Medidas de aseguramiento con la cual se priva de la libertad al procesado imputable contra quien hay, por lo menos, un indicio grave de responsabilidad.
AUTOCRACIA
Régimen político en el cual un hombre ejerce por sí solo una autoridad sin límites.
AUTONOMÍA
Facultad de regirse por sí mismo o capacidad de actuación espontánea. / Condición de un pueblo que goza de entera independencia política.
AUTOPSIA O NECROPSIA
Examen de los cadáveres hechos con fines de investigación científica o para averiguar las causas, forma y otras circunstancias de la muerte de una persona, cuando existe sospecha de que aquella no ha sido natural.
AUTOR
Persona que realiza las conductas típicas, aquellas que efectúan la acción u omisión a que se refiere el verbo rector, ya sea en forma directa o indirecta.
AUTORIDAD
Potestad que ejerce una persona sobre otra u otras, y entonces se habla de la autoridad del jefe del Estado, del padre de familia, del marido, del maestro, del patrono, cada uno de ellos dentro de sus atribuciones legalmente establecidas.
AUTORITARISMO
Sistema fundado en la sumisión incondicional a la autoridad. Con el término se alude más a la estructura gubernamental que al orden social. / Es una organización política en la que existe un solo detentador del poder.
AUTORIZACIÓN
Es la licencia o consentimiento que se otorga a una persona para que realice un acto que de otro modo no podría realizar.
AUXILIO DE TRASPORTE
Es parte del salario para liquidar las prestaciones sociales de los empleados.
AUXILIO DE CESANTÍA
Suma de dinero, pagada al trabajador cuando termina el contrato de trabajo, como compensación adicional por los servicios prestados.
AVAL
Compromiso que asume una persona de pagar un papel de comercio en caso de incumplimiento del deudor principal, obligándose para ello como garantía solidaria de uno de los firmantes del documento.
AVALUO
Acción de determinar el precio o valor de alguna cosa. / Acción y efecto de valorar o evaluar, de señalar a una cosa el valor correspondiente a su estimación, así como también ponerle precio
AVERIA
Daño que sufre la nave durante la navegación o estando en puerto. / Daños sufridos por las mercancías desde el embarque y a los gastos extraordinarios e imprevistos que en beneficio de la nave o de la carga deban efectuarse.
AVOCACIÓN
Acción y efecto de avocar, es decir, de llamar a sí cualquier superior un negocio que ésta habitualmente sometido a la decisión de un inferior.
AVULSIÓN
Separación por la fuerza súbita de las aguas de una parte importante y reconocible de un fundo, que se agrega por accesión a un terreno inferior o situado sobre la ribera o puesta.

1 comentario:

Anónimo dijo...

The aims of acne treatment are to prevent new spots forming, to improve on acne treatment already present, and to prevent scarrings.

cheap nolvadex