domingo, 8 de noviembre de 2009

DICCIONARIO JURÍDICO



RACISMO
Afirmación de la superioridad de la raza a que se pertenece y desprecio o persecución de las demás. Las teorías racistas fueron defendidas por el francés conde Gobineau en su tratado sobre la desigualdad de las razas humanas, por Vacher de la Pouge y por el ingles Chamberlain en su obra Fundamentos del Siglo XIX; pero Rosenberg en su trabajo El mito del siglo XX fue quien expresó con más vigor por el mito racista, sentando las bases para la política legislativa del III Reich, defensora de la pureza racial y en consecuencia, perseguidora de las razas inferiores. Según esto, el Estado y el derecho nacionalsocialista, instrumentos para salvar la pureza racial germánica, debían ser también inmaculados.
RAMAS DEL PODER PÚBLICO
Es la estructura organizada de poder y acción, tiene como función garantizar una convivencia ordenada y sin contradicciones y en especial, la paz y la seguridad jurídica. Son ramas del poder público la legislativa, la ejecutiva y la jurisdiccional. Cada una de las rama tienen funciones separadas, por mandato constitucional las tres colaboran armónicamente en la realización de los fines del estado.
RATIFICACIÓN
Consiste, generalmente, en el hecho de que una persona acepte como propios, hechos o actos jurídicos realizados por otra en su nombre, sin mandato o poderes suficientes. Trasladando este concepto del Derecho Privado al Derecho Administrativo, se define la ratificación como el acto por el cual la autoridad competente reconoce como propios unos actos jurídicos realizados por otra autoridad incompetente.
RATIFICACIÓN DEL CONTRATO
Confirmación aprobatoria de un contrato, para sanear la nulidad producida por un vicio que sea susceptible de este remedio.
RAZÓN DE ESTADO
Decisión del Poder Ejecutivo, de naturaleza arbitraria que abarca el interés estatal. El arbitrio gubernamental ocurre, generalmente, cuando se extiende demasiado el campo del acto político o acto de gobierno. La razón de Estado es la idea que sirve de fundamento a la denominada teoría del móvil político, estructurada para explicar la naturaleza del acto político.
RAZONABILIDAD JURÍDICA
Desde el punto de vista axiológico, la racionabilidad implica una valoración jurídica de justicia. Razonable es lo justo, arreglado, conforme a la razón, proporcionado, equitativo, por oposición a lo irrazonable, arbitrario, absurdo, desatinado, injusto.
READMISIÓN AL EMPLEO PÚBLICO
Es una figura jurídica en la que la Administración ejerce la facultad discrecional de nombrar nuevamente a un agente que se alejó voluntariamente o no, de un cargo público. Es una figura distinta de la " reintegración" e implica siempre un nuevo nombramiento.
REAPERTURA DE LA INVESTIGACIÓN
Disposición del juez que la investigación penal sea nuevamente abierta durante un lapso que no puede exceder a sesenta días. Al ordenar el juez la reapertura de la investigación debe señalar las pruebas que deban practicarse.
REBELIÓN
Acción y efecto de rebelarse. Levantamiento, sublevación de algunos contra su país o contra el gobierno constituido. Acción de impedir con violencia la ejecución de las órdenes emanadas de la autoridad pública.
REBUS SIC STANTIBUS
Derecho internacional público, cláusula que se reputa sobreentendida en los tratados permanentes y según la cual una convención solo sigue en vigencia mientras el estado de cosas existentes en el momento en que se concertó, no sufra modificaciones esenciales.
RECARGO NOCTURNO
Suma de dinero adicional que una persona debe pagar u otra cuando presta un servicio en las horas de la noche.
RECAUDACIÓN
Acción y efecto de recaudar. Cantidad recaudada. Se aplica principalmente al cobro de contribuciones, impuestos, tasas y multas realizado por agentes dependientes del Estado nacional, de los departamentos o de las municipalidades.
RECAUDACIÓN DEL IMPUESTO
Operación mediante la cual el Estado hace ingresar en las arcas fiscales el producido del impuesto.
RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA
Petición simple formulada por el administrado ante la Administración Pública con relación a anomalías o desatenciones observadas en el funcionamiento de un determinado servicio, susceptible de causarle perjuicio.
RECOMPENSA MONETARIA
Retribución que dentro de un país o fuera de el hace el Gobierno a quien suministra a las autoridades informes que permitan hacer efectivo el cumplimiento de órdenes de captura dictadas con ocasión de delitos en el territorio nacional o en el exterior.
RECONOCIMIENTO
Persona que dentro de un proceso presenta un documento privado, puede pedir su reconocimiento por el autor, sus herederos, un mandatario con facultades para obligar al mandante en actos de la misma índole, o el representante de la persona jurídica a la cual se atribuye.
RECURSO ADMINISTRATIVO
Del latín recursos, que en la acepción de la Academia, es acción y efecto de recurrir. Acción que concede la ley al interesado en un juicio o en otro procedimiento para reclamar contra las resoluciones, ora de la autoridad que las dictó, ora ante alguna otra.
RECURRIR
Acudir a un juez o autoridad con una demanda o petición. Entablar recurso contra una resolución.
RECURSO DE CONCILIACIÓN
Es la interposición entre las liquidaciones oficiales, las resoluciones que impongan sanciones u orden el reintegro de sumas de dinero de vueltas, y contra los demás actos administrativos proferidos por la administración cuando no se ha establecido un recurso especial.
RECUSACIÓN
Junto con la excusación constituye el par de situaciones frente a las cuales un funcionario o agente de la Administración se sustrae a sí mismo o lo sustrae la ley de intervenir en un determinado asunto a pesar de ser competente para conocer de él y resolverlo.
REDUCCIÓN DE PENA
Beneficio dado por la ley al sindicado que, fuera de los casos de flagrancia, confiesa el hecho durante su primera versión, si dicha confesión sirve de fundamento a sentencia condenatoria.
REELECCIÓN
Segunda o posterior elección de alguien para el mismo puesto o cargo que venía desempeñando.
REFERÉNDUM
Institución mediante la cual el cuerpo electoral sustituye a las asambleas representativas en la adopción final de la ley.
REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
Ejercicio del poder constituyente derivado, habilitado por la Constitución misma, para enmendarla.
REFRENDO
Acción y efecto de refrendar, de autorizar un despacho u otro documento por medio de la firma hábil para ello.
REGALÍA
Privilegio o prerrogativa. Potestad peculiar de un soberano como antaño la de acuñar moneda. Beneficios adicionales de la paga. Privilegio que concede o tolera la Iglesia para que los jefes presenten propuestas para la designación de obispos.
RÉGIMEN
Sistema de gobierno. Manera de regir o de regirse. Normas o prácticas de una organización cualquiera , desde el Estado hasta una dependencia o un establecimiento particular.
RÉGIMEN ADMINISTRATIVO
Conjunto de prerrogativas y sujeciones de la Administración Pública a las cuales están sometidos los institutos del Derecho Administrativo.
RÉGIMEN JURISDICCIONAL IMPOSITIVO
Es el problema jurídico más importante en todo el sistema tributario; consiste en la protección del contribuyente contra la arbitrariedad legislativa y administrativa
RÉGIMEN POLÍTICO
Configuración del Estado y de la sociedad según una ideología política y una estructuración social correspondiente. El régimen político es un conjunto de instituciones jurídicas coordinadas con el fin de realizar una determinada concepción política del Estado y de la sociedad.
REGIÓN
Territorio que dentro del Estado posee fisonomía particular por su lengua o dialecto, sus antecedentes históricos, topografía, clima, producción u otra singularidad de importancia.
REGIR
Mandar, gobernar, Dirigir. Ser aplicable una ley o una norma.
REGISTRO
Acto en virtud del cual la Administración anota, en la forma prescrita por el derecho objetivo, determinados hechos o actos cuya realización se debe hacer constar en forma auténtica especialmente a terceros.
REGISTRO DE VEHÍCULO
El registro inicial del vehículo automotor se efectuara ante el organismo de transito competente, por el comprador o por quien importe directamente el vehículo.
REGISTRO MERCANTIL
Es un sistema de difusión de los asuntos más relevantes del comercio, para lo cual se ha organizado un depósito de documentos y un conjunto de anotaciones referentes a los comerciantes individuales (personas naturales) y colectivos (personas jurídicas), a los establecimientos mercantiles, a los libros de comercio y a los principales actos y contratos comerciales, cuya publicidad ha considerado necesaria el legislador, para mayor conocimiento de las personas y mejor protección de sus derechos.
REGISTRO MINERO
Es un sistema de inscripción, autenticidad y publicidad de los actos de la administración y de los particulares que tengan por objeto o guarden relación con el derecho a explorar y explotar el suelo o subsuelo minero, de acuerdo con las disposiciones legales.
REGLAMENTO
Es en los reglamentos donde principalmente se manifiesta la función legislativa material de la Administración Pública, pues la categoría más general y cuantitativamente más importante de la ley, en sentido lato, está constituida por los reglamentos, es decir por las normas jurídicas que da el Poder Ejecutivo en virtud de la competencia que para ello le atribuye la Constitución y la ley.
REINGRESO
Retorno del agente o funcionario a la Administración Pública, al servicio en el que ya se desempeñaba o a otro distinto.
REINGRESO ILEGAL AL PAÍS
Persona que comete un delito incumpliendo los requisitos legales al ingresar a un país después de haber sido expulsado del mismo por decisión de la autoridad.
REINTEGRACIÓN
Acto por el cual el empleado o funcionario separado definitivamente del empleo o función pública se reincorpora al cargo que ejercía anteriormente; o también acto por el cual el Estado restituye al cargo al empleado o funcionario público dado de baja ilegalmente, indemnizándole los perjuicios irrogados.
REMATE PÚBLICO
Consiste en la venta en público de bienes por la Administración sin limitación de concurrentes, al mejor postor.
REMISIÓN
Según el Código Civil el acreedor renuncia a exigir al deudor el pago de su crédito, condonado la obligación.
REMUNERACIÓN
Sueldo, derecho del funcionario o del empleado.
RENUNCIA
Acto en virtud del cual la Administración extingue unilateralmente una obligación concreta en su favor, liberando de esta manera al obligado.
REPRESALIAS
Acto en sí mismo ilícito, llevado a cabo por un Estado para responder a un acto igualmente ilícito cometido por otro Estado.
REPRESENTACIÓN
Acción efecto de representar. No debe confundirse la delegación con la representación, pues en ésta los actos provenientes de la voluntad del representante tienen efectos con relación al representado, al paso que en la delegación la voluntad del delegado se identifica con la persona jurídica, de la cual ambos - delegado y delegante - forman parte.
REPRESENTACIÓN NACIONAL
Símbolo material o personal de la Nación; en lo primero, la bandera, el escudo, el himno; en lo segundo, el jefe de Estado y en el extranjero, los agentes diplomáticos.
REPRESENTACIÓN POLÍTICA
Estriba en el hecho de que cierta clase política elegida - representantes - en virtud de su pertenencia a entidades políticas - partidos - o consideradas naturales, actúan en nombre de la generalidad de los ciudadanos y los compromete con sus decisiones sean de índole legislativa o ejecutiva.
REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL
Sistema electoral, con numerosas variantes, que distribuye, por lo común los puestos de los elegibles de manera ajustada a la proporción de las diversas corrientes electorales.
REPRESENTACIÓN VOLUNTARIA
Persona que faculta a otra para celebrar en su nombre uno o varios negocios jurídicos.
REPRESENTANTE
En general, el que ostenta una representación. Mandatario o apoderado.
REPORTO
El contrato de reporto es aquel en el cual una persona vende títulos de crédito o de inversión a otra, la cual se obliga a transferirle dentro de un plazo, titulo de la misma especie a cambio de un determinado precio; La función económica de reporto es permitir a quien posee títulos valores (reportado) procurarse efectivo por un determinado lapso, sin perder definitivamente el dominio sobre el mismo.
REPÚBLICA
Generalmente se la define como aquella forma de gobierno representativo en que el poder reside en el pueblo, personificado éste por un jefe supremo llamado presidente. Para obtener una noción conceptual de " república" suele contraponérsela a " monarquía". Las dificultades para captar la esencia de la " república" - como correlativamente para la comprensión de la monarquía- estriban en la progresiva desvalorización de las formas puras de gobierno y, paralelamente, en la gran importancia adquirida por los sistemas de gobierno y los regímenes políticos.
REPÚBLICA ARISTOCRÁTICA
La representación la ejerce la minoría imperante, sea por su cultura, por su patriotismo, por la influencia del dinero más frecuentemente, del personalismo o del ejército. La aristocracia se distingue de la oligarquía. La primera es el gobierno de los sabios, la segunda donde predominan los opulentos.
REPÚBLICA BURGUESA
Está asentada sobre el capitalismo, aunque se va atenuando el rigor de antaño por el sentido social del mundo contemporáneo.
REPÚBLICA DEMOCRÁTICA
La de auténtico origen popular, orientada al cumplimiento de las aspiraciones de los más numerosos.
REPÚBLICA FEDERAL
La que está organizada según las pautas del federalismo, el cual supone el fraccionamiento del poder entre una representación nacional unitaria en asuntos de importancia general y ante las demás naciones, y un ejercicio territorial interno según Estados o provincias, de fisonomía histórica definida o forjada con el desarrollo nacional.
REPÚBLICA PARLAMENTARIA
La que cuenta con Parlamente, unicameral o bicameral, que se desenvuelve con normalidad constitucional. Por autonomasia, aquella en que las cámaras legislativas poseen la supremacía de los destinos nacionales por la necesidad de que el Poder Ejecutivo cuente con mayoría parlamentaria para ejercer sus funciones.
REPÚBLICA POPULAR
Nombre de halago para las masas, inventado por la propaganda marxista para los territorios que estuvieron sometidos a su influjo después de terminada la segunda guerra mundial.
REPÚBLICA PRESIDENCIALISTA
Sistema republicano en el que el jefe del Estado posee poderes efectivos en su carácter de presidente del Poder Ejecutivo, independiente además del Parlamento, que puede oponerse a sus iniciativas legislativas, pero no obligarlo a dimitir, incluso con mayoría hostil.
REPÚBLICA SOCIALISTA
Aquella que proclama el colectivismo, nominal al menos, en cuanto a los medios de producción y de cambio, que significa la expropiación gratuita general a favor del Estado administrador, a través de una dictadura que ejerce un caudillo popular y que comparte con el partido único aceptado en el gobierno.
REPÚBLICA UNITARIA
La que ofrece una estructura fundamental del Estado, dentro del régimen democrático, que conserva la unidad y uniformidad, administrativas, con leyes y códigos únicos para la Nación y una jerarquía general que concluye en el gobierno.
REPÚBLICO
Estadista, notable gobernante. Hombre adecuado para el ejercicio de la función pública de importancia. Ciudadano ejemplar. Buen patricio.'
REPUBLICANO
Propio de la república o perteneciente a ella. Relacionado con la república como forma de gobierno. Partidario de tal régimen. Ciudadano de un país organizado como república. En los Estados Unidos de América, partido republicano que, con el partido demócrata, constituyen el sistema bipartidista del país.
REQUISICIÓN
Limitación impuesta a la propiedad privada por razones de interés público, que tiene por objeto la adquisición coactiva de cosas muebles en cantidad indeterminada o el uso coactivo temporal de cosas inmuebles, mediante indemnización.
RESCISIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO
Entiéndese por tal tanto el acto dictado por la Administración Pública previo acuerdo de partes poniendo fin al contrato, como la sentencia judicial recaída en juicio promovido por el interesado contra aquélla, si los recursos administrativos deducidos previamente hubieran resultado negativos y agotado esta vía, a raíz de huecos de comportamiento o conductas de la otra, acto o sentencia, que por disposición del derecho aplicable, autoricen la finalización o terminación del contrato.
RESERVA DE DOMINIO
Contrato de compraventa, en virtud del cual el vendedor entrega al comprador la cosa vendida antes del pago total del precio, reservándose hasta entonces la propiedad de la misma.
RESERVA DE LA LEY
Se refiere a ciertas materias que no son susceptibles de regulación por el órgano ejecutivo mediante reglamentos, sino que sólo pueden serlo por ley.
RESILIACIÓN
Nombre que la doctrina y la jurisprudencia dan a la resolución de un contrato cuando carece de efecto retroactivo y solamente opera hacia el futuro.
RESISTENCIA A LA OPRESIÓN
Derecho de legítima defensa del pueblo contra la tiranía, en salvaguarda de su libertad. El poder político tiene por fin, asegurar el bien de la comunidad, pero en su ejercicio puede llegar a desnaturalizar esta finalidad, lo cual determinaría que los ciudadanos quedasen al arbitrio de la prepotencia o de la opresión que, indudablemente, constituyen el motivo de aquella desnaturalización, como más tarde suele comprobarse con los hechos que le siguen. Ante esa situación se plantea el interrogante de si es lícita la resistencia a esos hechos. .Al efecto suele distinguirse entre resistencia activa y resistencia pasiva.
RESOLUCIÓN
Termino genérico con el que se designa las decisiones y medidas de publicidad y ejecución de las leyes, adoptadas por los ministros y otras autoridades administrativas. Las resoluciones se hacen constar por escrito respetando una forma administrativa.
RESPONSABILIDAD CIVIL DEL FUNCIONARIO
Se produce esta responsabilidad cuando cierta actividad de los funcionarios provoca daño, sea a los administrados, a otros funcionarios o al Estado mismo. La trasgresión de un deber de la función o empleo puede causar a la Administración Pública, o a terceros, un daño económico, lo cual ocasiona la responsabilidad civil o patrimonial del autor de ese hecho.
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR ACTOS ADMINISTRATIVOS
Responsabilidad es una expresión que, genéricamente, indica la obligación de aquél a quien, por cualquier título incumben las consecuencias de un hecho dañoso o en otras palabras, la posición del sujeto a cuyo cargo pone la ley las consecuencias de un hecho lesivo de un interés protegido. Esta responsabilidad trata, esencialmente, de restituir el equilibrio económico roto por hechos o actos del poder público en detrimento de un particular, por medio del resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR ACTOS LEGISLATIVOS
Sería paradójico que un órgano del Estado, colocado en el vértice de la pirámide jurídica, pudiera ocasionar impunemente daños a los particulares, precisamente porque como de su actividad especifica, dictar la ley, nace el ordenamiento jurídico, no habría posibilidad de responsabilizarlo por tal motivo. La responsabilidad del Estado por actos legislativos constituye cronológicamente, la última de las tres funciones estatales - legislativa, administrativa y jurisdiccional, que está siendo materia de reconocimiento, a punto tal que hay países en los que aún no ha logrado afirmarse, ni en la doctrina ni en la jurisprudencia, pese a su evidente procedencia por ser la que más se ajusta a los principios de justicia y equidad.
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR ERROR JUDICIAL
Aquí se trata de la responsabilidad del Estado por errores en que se haya incurrido tanto en las sentencias definitivas, pues las que no lo son pueden ser subsanadas por vía de recurso, como en las medidas cautelares.
RESPONSABILIDAD DEL FUNCIONARIO PÚBLICO
El vínculo que crea la relación de empleo público entre la Administración y el funcionario o empleado público implica derechos y deberes. Ante la trasgresión de los deberes aparece la responsabilidad del agente público o sea, la obligación de reparar o satisfacer el daño causado.
RESPONSABILIDAD PENAL DEL FUNCIONARIO
Los funcionarios públicos incurren en responsabilidad penal cuando sus actos o comportamientos constituyen infracciones consideradas delitos por el Código Penal o las leyes especiales. La responsabilidad penal se diferencia de la responsabilidad disciplinaria o administrativa en que ésta se regula por el derecho disciplinario y se hace efectiva a través de la potestad disciplinaria de la Administración Pública.
RESPONSABILIDAD POLÍTICA DEL FUNCIONARIO
Esta responsabilidad aparece cuando está en juego el interés general de la sociedad, lesionado por la conducta de los funcionarios. La responsabilidad política puede derivar en otras formas de responsabilidad como la penal y la civil, e incluso la aplicación de una sanción, a veces con carácter accesorio, de no poder ocupar en la Nación, ningún cargo o empleo de confianza o a sueldo lo que en substancia, trasunta una sanción administrativa.
RESPONSABLE EN EL DERECHO TRIBUTARIO
Es aquella persona que por mandato de la ley está obligada al cumplimiento de la prestación tributaria.
RETIRO CON DERECHO A JUBILACIÓN
Terminación definitiva en las funciones de un empleado, por reunir las condiciones previstas por la ley para tener derecho a disfrutar de una pensión de jubilación.
RETIRO DEL SERVICIO
Cesación definitiva de un empleado público en las funciones de su cargo, por las causas legalmente previstas.
RETROACTIVIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO
La regla general es la irretroactividad del acto administrativo, por excepción y en los casos expresos puede ser retroactivo.
RETROVENTA
Recuperación de lo vendido con pacto de retroventa. V. pacto de retroventa.
REUNIÓN
Derecho que desde el punto de vista físico puede considerarse como un hecho material que consiste en el encuentro de varias personas en un lugar cualquiera, con o sin organización previa. En esto se diferencia de la asociación, con la causal a veces se confunde, en que ésta presupone organización e implica una relación de permanencia entre un número de personas, cosa que no acaece en aquélla.
REVELACIÓN DE SECRETO
Conocimiento dado por una persona a otra de algo que para ésta era desconocido./En determinadas circunstancias constituye un acto delictivo.
REVENTA
Nueva enajenación, sin larga espera y con apreciable ganancia, por el antes comprador y vendedor luego. La reventa es operación típicamente mercantil cuando es habitual y caracteriza de modo singular la compraventa comercial.
REVERSIÓN
Restitución de una cosa al estado que anteriormente tenía./Devolución de bienes determinados a su anterior dueño.
REVISIÓN
Recurso extraordinario que tiene por objeto la revisión de una sentencia dictada por error de hecho, para hacer posible la resolución justa, en un nuevo juicio, de la cuestión a que el fallo anulado se refiere.
REVOCABILIDAD
Posibilidad legal de la revocación de un acto.
REVOCABLE
Susceptible de revocación.
REVOCACIÓN
Es un medio específico, para eliminar del mundo jurídico un acto administrativo en él existente. Para precisar esta noción es necesario distinguir la revocación de la invalidez y de la abrogación.
REVOCAR
Dejar sin efecto un acto jurídico.
REVOCATORIA O RECALL
Derecho reservado a una fracción del cuerpo electora, en algunos países, para someter a votación de éste la destitución de un funcionario electivo o para decidir la anulación de una sentencia judicial relativa a la inconstitucionalidad de una ley.
REVOLUCIÓN
Sustitución generalmente interna, drástica y violenta, de una fórmula política por otra como principio animador, organizador y director de la convivencia. La revolución consiste en un movimiento de fuerza, brusco, violento y de raigambre popular que altera rápida y substancialmente las instituciones y el régimen del Estado. Jurídicamente, la revolución es una ilegalidad, pero sin embargo y aún en el caso de que el derecho la condene y la sancione, la realidad enseña que la revolución puede producirse.
REVUELTA
Alboroto. Alteración. /Riña, pendencia. /Disensión. Generalmente desorden público de trascendencia escasa o reducida.
REYJEFE DEL ESTADO EN UNA MONARQUÍA
Los reyes de la antigüedad y hasta el liberalismo constitucionalista de fines del siglo XVIII o comienzos del siglo XIX gobernaron de modo absoluto. La evolución posterior, salvo resabios dictatoriales, los ha reducido a un papel simbólico, que se resume en la expresión " el monarca reina, pero no gobierna”, pues esta tarea incumbe, por lo común al Poder Ejecutivo y a los ministros.
REZAGO
Acumulación, en un tribunal u órgano administrativo, de casos no resueltos, por fallas de los métodos de trabajo, negligencia, insuficiencia de personal, etcétera.
RIBERA
Margen y orilla del mar, río, lago o laguna.
RIESGO
Concepto importante para el Derecho de Seguros. Consiste en la amenaza de un accidente susceptible de causar a alguien un daño o perjuicio derivado de circunstancias que se pueden prever, pero no eludir. Evento posible e incierto, previsto en el contrato de seguro, de cuyo cumplimiento depende el vencimiento de la obligación a cargo del asegurador establecidas en el contrato.
RIESGO DE TRABAJO
Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
RIÑA
Contienda de obra entre dos o más personas.
RITO
Reglas del culto o de una sociedad profana. Conjunto de las reglas establecidas para la celebración de las audiencias en el proceso, que se refiere no solamente al trámite, sino también al adorno del local, a las actitudes que han de observar las personas que en ellas intervienen, al dirigirse al tribunal, al prestar la promesa previa, al interrogatorio en la práctica de la prueba testimonial o pericial, al lugar que han de ocupar en la sala los jueces y magistrados, funcionarios del Ministerio Público, secretarios, etc., al atuendo con que éstos deben presentarse, etc.
ROBO
Apoderamiento de una cosa ajena mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley.
ROGATORIO
Requerimiento que un Estado dirige a otro para que realice en su propio territorio un acto útil para la decisión de un proceso que se desarrolla ante un órgano jurisdiccional del Estado requirente.
ROL
Palabra de origen francés, equivalente a matrícula, nómina o lista de los individuos que componen la dotación de un buque mercante. Sociológicamente tiene la connotación de arquetipo cultural o social en el cual se encasilla un individuo.
ROMANTICISMO JURÍDICO
Movimiento jurídico surgido en los comienzos del siglo XIX, representado principalmente, la escuela histórica del derecho, que coloca el origen de todo derecho en el " espíritu del pueblo" y señala como su fuente más importante a la costumbre. Esta escuela ha sido juzgada como una manifestación de psicologuismo social, de carácter místico y mítico.
RÚBRICA
Rasgo o conjunto de ellos, que, como complemento de la firma, pone el firmante debajo de su nombre y apellido o apellidos.
RUEDA DE PRESOS
Grupo de presos colocados en semicírculo, entre el que se sitúa al imputado, que se presenta al acusador o testigo para que manifieste si entre ellos reconoce al presunto culpable. La rueda de presos ha sido considerada tradicionalmente en el proceso penal como un medio de identificación de la persona imputada.
RUFIÁN
Individuo que se dedica a la trata de blancas.
S
SABOTAJE
Palabra francesa, adaptada al español en su significación propia, y hasta en la escritura, para expresar el concepto de ir u obrar en contra de los intereses que están encomendados. Para la clase obrera ha constituido arma de lucha en los conflictos colectivos de trabajo; y ha consistido, indistintamente, en producir con lentitud, en destruir las herramientas o máquinas de trabajo, en realizar con defectos intencionales los productos en no prestar la atención debida a la labor.
SALA
Habitación principal de una casa, la destinada a recibir a los extraños y a las fiestas. Lugar en que se constituye un tribunal de justicia. Conjunto de los magistrados que integran cada una de las divisiones de los tribunales colegiados. De indias. En los tribunales españoles durante el período de dominación en el Nuevo Mundo y en el Novísimo, la que entendía en asuntos planteados en las posesiones de Ultramar.
Conjunto de magistrdos que se reunen en corporación para ver y resolver los negocios, bien de orden judicilal, sometidos a la competencia de los mismos ya de carácter gubernativo. Tambien se llama así al local o resinto donde celebran sus audiencias y despachan sus pleitos los jueces. “Hacer sala” se dice del hecho de constituirse el número de magistrados suficientes para formar tribunal.
SALARIADO
Modo de retribución del trabajo obrero por medio del salario. Sistema social y laboral fundado en el salario como recompensas económicas de la prestación de servicios subordinados por los trabajadores. La clase obrera que vive del salario como única o preponderante fuente de ingresos personales y familiares.
SALARIO
Etimológicamente, esta palabra viene de salarios, de sal; mientras que la palabra sueldo, hasta cierto punto equivalente procede de la dicción saldada, que era la paga que recibía por su actividad el hombre consagrado al servicio de las armas. El salario es la compensación que recibe el obrero o empleado a cambio de ceder al patrono todos sus derechos sobre el trabajo realizado. Comprende la totalidad de los beneficios que el trabajador obtiene por sus servicios u obras, no sólo la parte que recibe en metálico o especies, como retribución inmediata y directa de su labor, sino también las indemnizaciones por espera, por impedimento o interrupciones del trabajo cotizaciones del patrono por los seguros y bienestar, beneficios a los herederos y conceptos semejantes.
SALARIO BÁSICO
Retribución laboral, que, como cantidad mínima, se fija en los convenios colectivos de condiciones de trabajo.
SALARIO LEGAL
El determinado por ley, ya sea por cuantía mínima, ya sea como retribución para cierta labor y tiempo.
SÁLICO
Referente a los sálicos, antiguo pueblo de Francia. Han legado su nombre a la exclusión femenina del trono.
SALUS POPULI SUPREMA LEX EST
Locución latina. La salvación del pueblo es ley suprema. Primer principio del Derecho público romano.
SALVA
Saludo, bienvenida, juramenta, palabra de honor. Promesa solamente. Prueba que se hacía en los llamados Juicios de Dios u ordalías; tales como meter las manos en agua hirviendo o andar descalzo sobre el fuego, para probar la propia inocencia o la verdad de lo afirmado.
SALVAMENTO
Acción o efecto de salvar o salvarse. Salvamento de voto, como disensición de un magistrado del criterio de sus colegas.
SALVAR
Lograr la absolución de un acusado. Obtener el indulto del condenado a muerte.
SALVO ERROR U OMISIÓN
Así se declara al final de ciertas cuentas o liquidaciones, como cautela a cual modestia.
SALVOCONDUCTO
Permiso, despacho o autorización que se da, casi siempre en tiempo de guerra, para seguridad de que una persona pueda circular por zonas militares e incluso pasar al enemigo, por alguna razón especial, sin que se le oponga obstáculo y sin peligro.
SANA CRÍTICA
Fórmula legal para entregar al ponderado arbitrio judicial la apreciación de las pruebas, ante los peligros de la prueba tasada y por imposibilidad de resolver en los textos legales la complejidad de las situaciones infinitas de las probanzas.
SANCIÓN
En general, ley, reglamento, estatuto. Solemne confirmación de una disposición legal por el jefe de un Estado, o quien ejerce sus funciones. Aprobación. Autorización. Pena para un delito o falta. Recompensas por observancia de preceptos o abstención de lo vedado. En lo penal. La amenaza legal de un mal por la comisión u omisión de ciertos actos o por la infracción de determinados preceptos.
SANCIÓN DISCIPLINARIA
Sanción correctiva que la administración, en ejercicio de la potestad que le permite exigir obediencia y disciplina a los funcionarios, impone al empleado público responsable de una conducta previamente definida por la Constitución o la ley, como falta disciplinaria.
SANEAMIENTO
Fianza o aseguramiento de reparar un posible daño./Reparación del mal padecido. /Obrar que procuran a un edificio o terreno las condiciones deseables frente a la humedad y filtraciones inconvenientes de aguas, mejoras útiles siempre en el campo y necesarias en lo urbano. /En la compraventa, obligación que pesa sobre el vendedor, convertido por ley en garante del daño que al comprador pueda sobrevenir por efecto de la cosa enajenada, ya por vicio de la misma o por ser turbado en su posesión por causa anterior a la compraventa.
SATISDACIÓN
El significado de esta palabra, poco usual en la actualidad, es el mismo que finaza. En la técnica romana, obligación contraída mediante estipulación, por un deudor, con la garantía adicional de quienes aseguraban personalmente el cumplimiento de la promesa hecha por el obligado principal.
SECRETARIO JUDICIAL
El funcionario público que en juzgados, audiencias y tribunales, está encargado de dar fe de las actuaciones y diligencias, y auxiliar a los jueces y magistrados en sus funciones características. Su antiguo nombre español fue el de escribano.
SECRETO
Lo oculto o ignorado. Lo reservado. Sigilo. Conocimiento personal, exclusivo, de un medio o procedimiento en cualquier ciencia o arte. Misterio. Escondrijo existente en una habitación o mueble para guardar cosas de valor o comprometedoras. Antiguamente, despacho de las causas de fe que tramitaba secretamente el tribunal de la inquisición.
SECRETO PROFESIONAL
Las leyes, en determinados casos, relevan a los profesionales, por los hechos, del deber de revelarlos aun tratándose de una investigación judicial; y más aún sancionan a quien descubre tales secretos. Se basa en que entonces se traicionaría al que hizo la revelación, movido tan sólo por la necesidad y ante la confianza de que el depositario del secreto no lo revelaría sin su consentimiento, o ejemplo.
SECUESTRAR
Depositar una cosa en poder de tercero, hasta resolver sobre su propiedad o destino.'Detener o retener ilegalmente a una persona, y exigir por su rescate una cantidad de dinero u otra abusiva pretensión.
SECUESTRO
Depósito de cosa litigiosa. /Embargo judicial de bienes. /Detención o retención forzosa de una persona para exigir por su rescate o liberación una cantidad u otra cosa sin derecho, como prenda ilegal.
SECUESTRO DE PERSONA
Delito mixto contra la libertad individual y la integridad de las personas y, por lo común, contra la propiedad; ya que su objetivo primordial consiste en obtener una suma de dinero, a costa del rescate de una persona del afecto de aquel a quien se le exige la cantidad; cuya negativa conduce, de acuerdo con las amenazas, a la muerte, tortura, ultraje u otro desmán del que será víctima el privado de libertad y situado en lugar secreto.
SECUESTRO EXTORSIVO
Persona que comete un delito, arrebatando, reteniendo u ocultando a una persona, con el propósito de exigir por su libertad un provecho o cualquier beneficio, o para que se haga u omita algo, o con fines publicitarios de carácter político, SECULAR
Que sucede cada siglo. / Que dura una centuria. / Existente desde varios siglos ha. / Seglar. / Sacerdote que no vive en clausura. / Quien no es religioso de estado.
SECULARIZACIÓN
Acción o efecto de secularizar.
SECULARIZAR
Hacer secular o civil lo eclesiástico o dependiente de la Iglesia. Conceder licencia canónica a un religioso o religiosa, para que pueda vivir fuera de la clausura que había aceptado.
SEDE SOCIAL
Domicilio de una empresa. /Edificio en que tiene sus oficinas alguna asociación que posee instalaciones peculiares de otra índole; como las deportivas.
SEDICIÓN
Alzamiento armado, o de otra manera violenta, de índole colectiva, contra el orden público o contra la disciplina militar; pero limitado en los propósitos o localizado en el espacio. En efecto, por extensión territorial, por el número de los comprometidos o la reducida trascendencia de los propósitos y de los hechos, la sedición constituye alzamiento que nunca reviste la gravedad máxima de la rebelión.
SEDUCTOR
Atractivo. En general se dice del que, con artes y mañas, engaña o persuade con fines lícitos o ilícitos a otra persona a hacer o no hacer una cosa; en particular, la persona que, aprovechándose de la inexperiencia o debilidad de una mujer, obtiene de ella sus favores.
SEGREGACIÓN
Separación. Apartamiento. En lo penitenciario, aislamiento celular.
SEGUNDA INSTANCIA
Procedimiento que se sigue, ante un tribunal superior, con objeto de que anule, modifique o reforme la sentencia dictada por otro inferior en la jurisdicción. Apelación. Recurso de apelación.
SEGURIDAD COLECTIVA
Idea y plan para dotar de estabilidad a las relaciones internacionales, constituyendo una poderosa organización destinada a oponer al agresor eventual.
SEGURIDAD SOCIAL
La Organización Internacional del Trabajo presenta la seguridad social como la cobertura de los infortunios sociales de la población. La seguridad social debe promover las medidas destinadas a aumentar la posibilidad de empleo; o mantenerlo a un alto nivel, a incrementar la producción y las rentas nacionales y distribuirlas equitativamente y a mejorar la salud, alimentación, vestuario, vivienda y educación general y profesional de los trabajadores y de sus familias.
SEGURO
Libre de peligro. Exento de daño. A salvo. Indudable. Cierto. Firme. De confianza. Sin sospechas. Todo esto en cuanto adjetivo y con significados adverbiales. /Como substantivo: seguridad, certeza, licencia, salvoconducto. Por autonomasia en lo jurídico, seguro es un contrato aleatorio, por el cual una de las personas, el asegurador, se compromete a indemnizar los riesgos que otra, el asegurado sufra, o a pagarle determinada suma a éste mismo, o a un tercero, beneficiario, en caso de ocurrir o no ocurrir el acontecimiento de que se trate.
SELF - GOVERNEMEN
Locución inglesa que se emplea para designar la soberanía de un país, la autonomía de un territorio, conforme a su traducción literal: gobierno propio.
SEMIPLENA
Se refiere a prueba semiplena.
SEMOVIENTE
Que se mueve por sí mismo. Se refiere de modo exclusivo a los animales; y dentro de ellos, al ganado y caballería de mayor utilidad para el hombre.
SENADO
Junta, asamblea o reunión de las personas más distinguidas de una República o Estado, cuyas leyes forman, modifican o anulan, o en cuyo gobierno participan al menos por el consejo público del informe calificado. /En la antigua Roma, la asamblea patricia, primera en su género, que constituyó su Consejo Supremo. /En diversos pueblos modernos, la alta Cámara, la que comparte el Poder Legislativo con la Cámara de Representantes.
SENADO CONSULTO
Disposición., decreto o resolución del Senado romano. Por imitación, decreto del Senado francés durante el Imperio de Napoleón. Por extensión, el acuerdo de cualquier otro de los Senados, pero sin constituir denominación oficial.
SENTENCIA
Dictamen, opinión, parecer propio. /Máxima, aforismo, dicho moral o filosófico. /Decisión extrajudicial de la persona a quien se encomienda resolver una controversia, duda o dificultad. /Resolución judicial por una causa. /El más solemne de los mandatos de un juez, por oposición a auto o providencia. /Parecer o decisión de un jurisconsulto romano. /La palabra sentencia procede del latín sentiendo, que equivale a sintiendo; por expresar la sentencia lo que siente u opina quién la dicta. Por ella se entiende la decisión que legítimamente dicta el juez competente, juzgando de acuerdo con su opinión y según la ley o norma aplicable.
SENTENCIA ABSOLUTORIA
Aquella que, por insuficiencia de pruebas o por falta de fundamentos legales que apoyen la demanda o la querella, desestima la petición del actor o rechaza la acusación, que produce a favor del reo la liberación de todas las restricciones que la causa haya podido significar en su persona, derechos y bienes.
SENTENCIA CONGRUENTE
La acorde y conforme con las cuestiones planteadas por las partes, ya las admita o rechace, condenando o absolviendo.
SENTENCIA DE REMATE
La dictada en el juicio ejecutivo, para proceder a la venta de los bienes embargados y hacer pago al acreedor ejecutante.
SENTENCIA DEFINITIVA
Del verbo definiré, terminar, es aquella, por la cual el juez resuelve terminado el proceso; la que, con cita de todo lo alegado y probado por los litigantes sobre el negocio principal, pone fin a la controversia suscitada ante el juzgador.
SENTENCIA EJECUTORIADA
Las que ha pasado en autoridad de cosa juzgada, la sentencia firme, por no caber contra ella, sino el recurso extraordinario de revisión. La que ha sido ejecutada.
SENTENCIA EXTRAPETITA
La resolución judicial que falla sobre una cuestión no planteada.
SENTENCIA INDETERMINADA
Sistema jurídico penal, según el cual la naturaleza o duración de la pena no se fija previa y rigurosamente, sino en vista de la individualidad del reo o sujeto peligroso a quien se aplica, con posibilidad de reducirla en extensión y severidad por la enmienda del culpable, o mantenerla y aun agravarla por su mala conducta y persistencia en reacciones antisociales.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
'Del latín Inter. Y locutio, mientras se habla o discute, o decisión intermedia; la que pronuncia el juez en el transcurso del pleito, entre su principio y fin, sobre algún incidente o articulo de previo pronunciamiento, para preparar la sentencia definitiva.
SENTENCIA NULA
La dada contra ley en la forma o en el fondo, una vez que un juez o tribunal superior así lo declara; luego de lo cual lo revoca o remite a la autoridad competente para nueva tramitación y fallo.
SEÑAL
Marca. Nota que distingue y diferencia. Mojón. Signo. Indicio. Vestigio. Cicatriz. Símbolo. Representación./ Aviso o citación para acudir a un lugar o hacer algo. Arras, sea como anticipo de precio, o cual garantía de un contrato, con pérdida por incumplimiento del que da la señal o con doblada devolución del que la recibe y no hace lo que debe o hace lo que no debe. Enseña. Escudo de armas.
SEÑORÍO
Dominio. Mando. Territorio o jurisdicción de un señor feudal. Dignidad de señor. Dominio racional de las pasiones. Conjunto de señores, de personas de calidad. Majestad, porte noble.
SEPARACIÓN
Alejamiento. Apartamiento. División. Pérdida de contacto o proximidad. Destitución de empleo o cargo. Retiro. Desistimiento de la Demanda. Escisión en sociedad o asociación. Renuncia. Remoción. Interrupción de la vida conyugal, sin ruptura del vínculo, por acto unilateral de uno de los cónyuges, por acuerdo mutuo o por decisión judicial.
SEPARACIÓN DE BIENES
Independencia patrimonial de los cónyuges como régimen matrimonial de bienes. Situación resultante de disolver la sociedad conyugal de bienes en vida de ambos consortes.
SEPARACIÓN DE CUERPOS
Interrupción, de hecho o de derecho, de la cohabitación entre los cónyuges, entendida como acceso carnal y como unidad de domicilio, a consecuencia de la nulidad del vinculo, de la discrepancia personal o de una causa forzosa, como la condena o reclusión o prisión; si bien en algunos sistemas penitenciarios modernos tiende a atenuarse la incomunicación corporal entre los consortes.
SEPARATISMO
Doctrina, opinión, movimiento o partido que propugna la separación de parte del territorio nacional, para erigirse en Estado independiente o unirse a otro. Sentimiento y acción a favor de la emancipación de una colonia.
SERVICIO
Acción y efecto de servir. Trabajo. Actividad. Provecho, utilidad, beneficio. Mérito. Tiempo dedicado a un cargo o profesión. Favor, ayuda.
SERVICIO DOMÉSTICO
Doméstico procede del latín: domus, casa, y servicio domestico es el relativo al cuidado, atención, limpieza, seguridad de la casa, como hogar, suma de vivienda y persona o familia que la ocupa. El servicio doméstico tiene un régimen especial de retribución.
SERVICIO MILITAR
Obligación que se impone a todos los varones aptos físicamente, al alcanzar la edad determinada por ley, para formar parte transitoria de las fuerzas armadas de la nación, en los escalones inferiores jerárquicamente, en tiempo de paz o en el de guerra, para contribuir a la defensa del país, servir sus planes de expansión o conquista, o constituir elementos de primera actuación en caso de súbito conflicto armado.
SERVIDUMBRE
Condición y trabajo del siervo. Esclavitud. Conjunto de servidores domésticos de una casa o familia. Sujeción. Obligación. Restricción que en la libertad o proceder del hombre implican sus pasiones. Derecho limitativo del dominio ajeno, establecido sobre una finca, a favor del propietario de otra, con carácter real, o de otra persona, como derecho personal.
SEVICIA
Se dice en general por toda crueldad o dureza excesiva con una persona; y, en particular, de los malos tratos de que se hace víctima al sometido al poder o autoridad de quien así abusa.
SEXTO
Así, y como Sexto de las Decretales o Libro sexto de las Decretales, es conocido el conjunto de constituciones y decretos canónicos dado por el papa Bonifacio VIII, que forma parte del Corpus Juris Canonici.
SI VIS FACEM PARA BELLUM
Pensamiento romano; si quieres la paz, prepárate para la guerra.
SICARIO
El que comete homicidio por precio, lo cual lo convierte en asesinato; por tanto, el asesino asalariado, y profesional si es residente o habitual. Sicarios se llama a los integrantes de los cuerpos represivos de las tiranías; sobre todo por las alevosas matanzas en que transforman la represión de los desordenes y manifestaciones contra el poder constituido.
SIERVO
Esclavo. Siervo de la gleba. Servidor. Sirviente.
SIGLO
Período de cien años consecutivos. Cada una de las centurias que se computan a partir de una era determinada. La predominante en la actualidad es la era cristiana, y según el calendario gregoriano.
SIGNOS DISTINTIVOS
De acuerdo con lo que identifiquen, los signos distintivos pueden ser nombres comerciales, enseñas o marcas. Son aquellos medios de identificación que utiliza el empresario par distinguir sus establecimientos de comercio, los artículos que elabora o coloca en circulación y los servicios que presta.
SIGNO NOTARIAL
Costumbre de los antiguos escribanos y obligaciones de los notarios actuales es autorizar los actos y contratos en que intervengan como fedatarios con su firma, rúbrica, signo y sello, dando así una cuádruple garantía contra las imitaciones; por la letra, el trazo de la rúbrica, el dibujo caprichoso o conjunto de señales y rayas del signo y el estampado que el sello deja.
SILENCIO
De la ley. Falta de regulación de un caso por el legislador; ya por omisión, ya por no poder preservar la situación, como la resultante de un nuevo invento o de un orden de cosas antes desconocido.
SIMONÍA
Delito de sacrilegio que se comete comerciando con cosas espirituales o anejas a ellas, dándolas por dinero o por otra temporal; sean sacramentos y sacramentales, o temporales anejas a las espirituales, como los beneficios y prebendas.
SIMULACIÓN
Del latín simul y actio, palabras que indican alteración de la verdad; ya que su objeto consiste en engañar acerca de la verdadera realidad de un acto. También ficción. Imitación. Hipocresía. Disimulación.
SIMULTÁNEO
Concurrencia en el tiempo y en la acción, con diversos planes u obras.
SINALAGMÁTICO
Del griego, con significado de obligatorio para una y otra parte, como contrato, comercio, sociedad, tráfico. En el tecnicismo jurídico es sinónimo de bilateral en la contratación.
SINDICACIÓN
Afiliación a un sindicato o gremio. / Situación social y laboral e quien pertenece a una asociación profesional de patronos o de trabajadores.
SINDICAL
Concerniente a los sindicatos y al sindicalismo.
SINDICALISMO
Tendencia y régimen de organización de los trabajadores a través de los sindicatos. Predominio de éstos en las relaciones laborales o en la vida del Estado. Actuación vigorosa, y en ocasiones violentísima, de las organizaciones obreras en la lucha de clases. Doctrina que apoya en el sindicato el futuro régimen social.
SINDICALISTA
Relacionado con el sindicalismo; perteneciente a él. Partidario del mismo.
SINDICAR
Acusar, delatar. Poner tacha. Sospechar. Afectar dinero, valores o mercancías a compromisos especiales en su enajenación u otras operaciones mercantiles. / Formar un sindicato entre varias personas de igual profesión u oficio, o de las mismas tendencias sindicales.
SINDICATO
En lo mercantil y procesal oficio o cargo de síndico; lo mismo que sindicado. En Derecho laboral, toda organización o asociación profesional compuesta o integrada por personas que, ejerciendo el mismo oficio o profesión, u oficios o profesiones similares o conexos, se unen para el estudio y protección de los intereses que les son comunes. Cualquier entidad profesional que tenga por objeto la defensa de los intereses comunes de la actividad laboral de sus miembros, puede llamarse sindicato. Por autonomasia, la asociación profesional de trabajadores; aunque desde ahora deba dejarse claramente establecido que el sindicado no es exclusiva de los trabajadores, sino que los hay también patronales y mixtos de empleados u otros y empresarios, conjuntamente. En lo agrícola o agrario, conjunto de productores organizados; ya sea para rasgos, establecer cooperativas de producción, organizar la venta, estimular la selección de las especies y otros puntos de interés colectivo dentro de un régimen de amplia cooperación y aun cooperativista.
SISTEMA
Conjunto de principios, normas o reglas, lógicamente enlazados entre sí, acerca de una ciencia o materia. Ordenado y armónico conjunto que contribuye a una finalidad. Método. Procedimiento. Técnica. Doctrina.
SÍNDICO
En los concursos de acreedores y en las quiebras, el encargado de liquidar el activo y el pasivo del deudor, para satisfacer en los posible de acuerdo con las prelaciones legales, los créditos contra él.
SINIESTRO
Malintencionado. Funesto. Malvado. Perverso. Mala inclinación. Vicio. Resabio. Grave accidente o avería, con numerosas víctimas o cuantiosos daños; como incendio o naufragio.
SISTEMA DE PRUEBA
En lo penal, la denominación anglosajona de la condena condicional, sistema aplicado por primera vez en 1869 en Boston.
SISTEMA INQUISITIVO
El desechado procedimiento penal en que los jueces podían rebasar en la condena la acusación; y aun prescindir de ésta, investigando y fallando sin más.
SITIO
Lugar, punto, Espacio. Paraje. Casa de campo. Casa de Recreo. Caserío. Asedio, cerco de una fortaleza, ciudad o plaza, para su conquista o rendición de los sitiados.
SOBERANÍA
Suprema autoridad. Mando superior. Manifestación que distingue y caracteriza al Poder del Estado, por la cual se afirma su superioridad jurídica sobre cualquier otro poder, sin aceptar limitación ni subordinación que cercene sus facultades ni su independencia dentro de su territorio y posesiones. Fuente del poder público. Independencia nacional. Calidad o excelencia máxima. Se ha dicho por soberbia u orgullo.
SOBORNO
Acción o efecto de sobornar. Dadiva con que el sobornador corrompe al sobornado. La indignidad alcanza por igual al sujeto activo y al pasivo. Integra una verdadera prostitución del espíritu, sin la excusa material del placer buscado en el comercio carnal. Es cualquier corrupción interesada. Incentivo para complacer o ganar el ánimo ajeno. Seducción pagada.
SOBREGIRO
Cantidad en que un cheque, letra u otra orden de pago excede de la cantidad del crédito contra el cual se gira. / En la parte bancaria, es la cantidad que un depositante debe a un banco como consecuencia de cheques que ha extendido en exceso de sus depósitos en una cuenta ordinaria.
SOBRESEIMIENTO
Desistimiento de pretensión. Abandono de propósito o empeño. Cesación en el cumplimiento de una obligación; como el comerciante en sus pagos. Suspensión del sumario o del plenario en el procedimiento criminal. Terminación del carácter voluntario de la jurisdicción, con reserva de derechos a los interesados o conversión del caso en asunto de la jurisdicción contenciosa.
SOBRESTADÍA
Cada uno de los días de tardanza o demora en la carga o descarga de un buque, contados a partir de haberse cumplido las estadías, el plazo adicional para tales tareas. Cantidad que por tal concepto se paga o se cobra.
SOCIALIZACIÓN
Implantación del socialismo. Conversión de los bienes de propiedad privada en propiedad colectiva; sean tierras, industrias, medios de comunicación u otros.
SOCIEDAD
En sentido muy amplio, cualquier agrupación o reunión de personas o fuerzas sociales. Conjunto de familias con un nexo común, así sea tan sólo de trato. Relación entre pueblos o naciones. /Agrupación natural o convencional de personas, con unidad distinta y superior a la de sus miembros individuales, que cumple, con la cooperación de sus integrantes, un fin general, de utilidad común. / La clase dominante en la vida pública y suntuosa. Asociación. Sindicato. /Inteligencia entre dos o más para un fin. /Contrato en que dos o más personas ponen en común bienes o industria, para obtener una ganancia y repartirse los beneficios. La humanidad en su conjunto de interdependencia y relación. Compañía mercantil.
SOCIEDAD CAPITALISTA
En el derecho mercantil aquella en que la aportación de los socios consiste en dinero.
SOCIEDAD CIVIL
La resultante del contrato de sociedad que rige el Derecho Civil, en contraposición a la sociedad mercantil.
SOCIEDAD COLECTIVA
La que forman dos o más personas, ilimitada y solidariamente, responsables, que se unen para comerciar en común, bajo una firma social.
SOCIEDAD CONYUGAL
Unión y relaciones personales y patrimoniales que, por el matrimonio, surgen entre los cónyuges.
SOCIEDAD COOPERATIVA
La que, poniendo en comunicación directa a sus distintos miembros para sus operaciones mercantiles, obtiene la supresión de intermediarios.
SOCIEDAD EN COMANDITA O COMANDITARIA
Compañía mercantil basada en la dualidad de socios: colectivos unos, de responsabilidad ilimitada; y comanditarios otros, de limitada responsabilidad, por el cual se combina el sistema general de la sociedad colectiva en cuanto a los primeros, con las normas de la sociedad anónima, a cuyos accionistas son asimilados los segundos.
SOCIO
Miembro de una asociación religiosa, política, sindical o de cualquiera otra índole. Afiliado a cualquiera agrupación. Cada una de las partes en un contrato de sociedad, vínculo que origina numerosos derechos y deberes entre sí, con relación a la sociedad y con respecto a terceros en las variedades diversas de sociedades civiles y mercantiles.
SOLEMNE
De acuerdo con la etimología, lo que se hace sólo una vez al año. Con gran ceremonia y ostentación. De gran importancia o jerarquía. Majestuoso, imponente. Su aspecto más jurídico es puesto de relieve por la Academia en estos sinónimos y ejemplos: formal, grave, firme, valido, acompañado de circunstancias importantes o de todos los requisitos necesarios. Referido a los actos y contratos jurídicos, el auténtico y eficaz por estar revestido de la forma exigida por la ley para su validez; como la inscripción en el Registro de la propiedad para que la hipoteca surta efectos contra terceros.
SOLEMNIDAD
Calidad de solemne. / Ceremonia. / Fiesta eclesiástica. / Formalidad de un acto. /Requisitos legales para la prueba y eficacia de los contratos, testamentos y demás actos jurídicos en que la libertad de las personas no es completa.
SOLIDARIDAD
Actuación o responsabilidad total en cada uno de los titulares de un derecho o de los obligados por razón de un acto o contrato. Vínculo unitario entre varios acreedores, que permite a cada uno reclamar la deuda u obligación por entero, sean los deudores uno o más. Nexo obligatorio común que forza a cada uno de dos o más deudores a cumplir o pagar por la totalidad cuando le sea exigido por el acreedor o acreedores con derecho a ello. Identificación personal con una causa o con alguien, ya por compartir sus aspiraciones, ya por lamentar como propia la adversidad ajena o colectiva. Cooperación, ayuda, auxilio.
SOLIDARIO
Vínculo u obligación solidaria en que cada acreedor puede pedir y cada deudor debe cumplir la totalidad de la obligación o deuda una sola vez, sin perjuicio del ajuste posterior de cuentas entre los acreedores o deudores, para la justa percepción o contribución de cada cual.
SOLUTIO INDEBITI
Locución latina. Pago de lo no debido. /solvencia. /Pago de deuda. /Arreglo de cuentas. /Solución de un asunto complicado. / Calidad de solvente: el que está libre de deudas.
STATO QUO
Locución latina. En el mismo estado; en la situación en que se encuentre en determinado momento.
STATUOS
Locución latina, como situación jurídica de las personas en los aspectos fundamentales de las relaciones de familia, de libertad y de ciudadanía. La posesión de todos estos estados integra la capacidad jurídica plena, en principio atributo sólo de los ciudadanos romanos, sui juris y cabezas de familia. La pérdida de cualquiera de estos estados determinaba una capitis deminutio.
STIPULATIO
Voz latina. Estipulación. El contrato verbal, unilateral y de estricto derecho que se perfeccionaba por la interrogación del acreedor, seguida en el acto de una respuesta afirmativa del deudor, con la consecuencia para éste de tener que ejecutar una prestación a favor de aquél.
STRICTU SENSU
Locución latina. En sentido estricto; es decir, contra ampliaciones en la acepción de las palabras y en la interpretación de las normas. Latu sensu.
SUB JUDICE
Locución latina. Pendiente de resolución judicial. Caso o cosa opinable.
SUBARRENDADOR
Quien da en subarriendo.
SUBARRENDAR
Dar o formar en arrendamiento del que es ya arrendatario. /subarrendatario.
SUBARRIENDO O SUBARRENDAMIENTO
El arriendo que el arrendatario hace de la cosa arrendada ya por él.
SUBASTA
Es la venta pública de bienes al mejor postor, por mandato y con intervención de la justicia.
SUBENFITEUSIS
El derecho real del censo establecido por enfiteuta, mediante el cual cede su derecho de dominio útil a cambio de una pensión. En realidad, se distingue de la enfiteusis en que no hay división de dominio, sino cesión más o menos temporal del dominio útil a cambio del derecho al canon o pensión, de carácter personal, salvo estipular garantía real.
SUBORDINACIÓN
Sometimiento o sujeción a poder, mando u orden de superior o más fuerte. Dependencia. Situación o carácter de lo accesorio. Inferioridad en importancia, valor o interés.
SUBREPTICIO
Lo pretendido o logrado con subrepción, según unos, alegando un hecho falso, sin el cual no se pueda conseguir; según otros, ocultando lo que determinaría la negativa. En cualquier caso se trata de una actitud hipócrita, falsa, engañosa. Oculto, clandestino, a escondidas.
SUBROGACIÓN
Sustitución o colocación de una persona o cosa en lugar de otra. Ejercicio de los derechos de otro, por reemplazo del titular. Adquisición de ajenas obligaciones, en idéntica situación, en lugar del anterior obligado.
SUBROGACIÓN DE OBLIGACIONES
Realización jurídica por la cual, en virtud de disposición expresa de la ley, ya por acuerdo de voluntades entre el acreedor y un tercero que paga, se transmiten a éste los derechos de aquél.
SUBROGAR
Sustituir una persona a otra en sus derechos y obligaciones. Reemplazar una cosa a otra en su lugar y situación. Producirse o constituir una subrogación.
SUSCRIBIR
Firmar al final de un escrito o documento. Coincidir con ajena opinión; apoyarla. Acceder a petición o solicitud.
SUBSIDIARIAMENTE
Como subsidio. De modo subsidiario o supletorio. En segundo lugar. Como último recurso.
SUBSIDIARIO
Lo que sirve como subsidio, auxilio o socorro. Secundario. Supletorio. Lo que suple o refuerza a lo principal.
SUBSIDIO
Socorro, ayuda. Cantidad que se entrega con fines benéficos o sociales, para subvenir a necesidad o desgracias especiales. Impuesto que grava a la industria y al comercio. Nombre que se da en ocasiones a la indemnización de los asegurados contra el paro forzoso. Auxilio que la Sede apostólica concedía a los reyes españoles sobre algunas rentas eclesiásticas, para las guerras contra los infieles.
SUBSIDIO FAMILIAR
Cantidad que según ciertas normas, basadas en los ingresos del cabeza de familia y en el número de hijos, se concede a las familias de prole numerosa, para ayudarlas en la crianza y educación de los hijos y como fin primordial de mantener una elevada natalidad.
SUBSTANCIACIÓN
Trámite de una causa judicial.
SUBSTANCIAL
Relativo a la sustancia, naturaleza y esencia de los seres y de las cosas. / Fundamental. Imprescindible. Importante.
SUBSTANCIAR
Extractar. Compendiar, resumir. Tramitar un juicio hasta dejarlo en condiciones de dictar sentencia.
SUBSTRACCIÓN
Apartamiento, extracción. Separación. Hurto. Robo. Resta, disminución, descuento. De los caudales públicos, constituye la primera y más grave de las formas de malversación de caudales públicos; ya que consiste en el apoderamiento de los mismos con abuso de las funciones.
SUCEDER
Entrar una persona en lugar de otra. / Reemplazar una cosa a otra cosa. Seguir en el tiempo. Entrar como heredero o legatario en los derechos u obligaciones de la persona a la cual se hereda por testamento o ley, o de ambos modos.
SUCESIÓN
Sustitución de una persona por otra. Transmisión de derechos u obligaciones, entre vivos o por causa de muerte. Herencia.
SUCESIÓN A TÍTULO UNIVERSAL
La que comprende la totalidad de un patrimonio o parte proporcional del mismo. La sucesión universal equivale a la herencia en sentido estricto; y el sucesor universal, al heredero por autonomasia.
SUCESIÓN VACANTE
Aquella en la cual no existe llamamiento testamentario ni persona con derecho a reclamar la herencia por ley.
SUCESOR
Continuador de otro. El que ocupa su lugar. Quien sucede a otro en sus derechos y obligaciones. Aquel al cual se le transmite parte mayor o menor de una herencia o alguna cosa o derecho de la misma. Heredero o legatario. / Remuneración mensual o anual asignada a un individuo por el desempeño de un cargo o empleo profesional.
SUCURSAL
Establecimiento que depende de otro y creado para el mismo objeto, pero que goza de cierta autonomía.
SUFRAGIO
Ayuda, socorro. Voto. Sistema electoral. Oraciones u obras que se aplican en lo canónico, por las almas del purgatorio./Institución de carácter democrático, de Derecho Público, que concede la facultad de elegir a sus gobernantes, o al menos a los legisladores , a todos los ciudadanos del país y en especial a los mayores de edad.
SUI JURIS
Locución latina. "DE Derecho suyo"¨, en traducción literal, poco expresiva; porque requiere la precedencia de la palabra persona, que era, en el Derecho Romano, quien no estaba sometido a ninguna potestad doméstica; quien poseía en términos actuales, plena capacidad jurídica de obrar.
SUICIDIO
Del latín SUI (sí mismo) y CIDIUM (muerte); esto es, atentado contra su propia vida. Se llama suicidio decía Durkheim a todo caso de muerte que resulte directa o indirectamente de un acto positivo o negativo, efectuado por la propia víctima, a sabiendas de que habrá de producir este resultado.
SUJETO
Obligado. / Propenso. / Persona. / Titular de un derecho u obligación.
SUJETO ACTIVO
Según el Derecho Tributario es el Estado que lo recauda a través de la Dirección de Impuestos Aduanas Nacionales.
SUJETO PASIVO
Según el Derecho Tributario es el responsable y quien debe responder por el pago del impuesto ante el sujeto activo.
SUMARIA
Proceso escrito. En la jurisdicción militar, conjunto de diligencias instruidas para la averiguación de un delito; es decir, lo sumario en la jurisdicción criminal ordinaria.
SUMARIAMENTE
De modo sumario o breve. De plano. Sin guardar todas las consideraciones de orden legal.
SUMARIO
Breve, resumido, compendiado. Nombre de ciertos juicios en que se prescinde de algunas formalidades y se tramitan con mayor rapidez. En el enjuiciamiento criminal, el estado inicial de una causa, que se encuentra en la fase de averiguación o confirmación del delito y de los responsables.
SUMISIÓN
Acatamiento. Subordinación. / Espontánea aceptación de una autoridad, orden o situación. / Acto por el cual se admite una jurisdicción, poder o persona que de acuerdo a derecho ejerce tal potestad.
SUMMUM JUS, SUMMA INJURIA
Locución latina. El supremo derecho, las injusticias supremas. Este aforismo romano previene contra la aplicación estricta de las normas positivas, que puede conducir a grave daño; y aconseja la instauración del árbitro judicial a través de la equidad.
SUNTUARIO
Relativo al lujo.
SUPERÁVIT
En el comercio y en lo patrimonial, exceso del haber sobre el debe, saldo positivo favorable. En caso contrario se habla del déficit, que revela deficiencias económicas en principio.
SUPERNUMERARIO
Persona vinculada a la administración pública para suplir la vacancia temporal de un empleo, por licencia o vacaciones del titular, o para desarrollar actividades de carácter netamente transitorio.
SUPERVIVIENTE
Quien sobrevive a otro. De modo especial, el salvado de un grave accidente o cataclismo.
SUPLETORIO
Lo que remedia una falta. Complementario. Derecho y juramento supletorio.
SÚPLICA
Ruego. Petición encarecida. Imploración. Escrito con que se pide algo con sumisión. Cláusula final de un escrito presentado ante las autoridades administrativas o judiciales, donde se concreta lo que de las mismas se pide.
SUSPENSIÓN
De empleo. Cese temporal que en la prestación del mismo dispone el superior o la autoridad debidamente facultada. Seguida de la suspensión, del cobro del sueldo o salario, puede constituir medida preventiva, sanción disciplinaria e incluso corrección, en ciertos supuestos .
SUSPENSIVO
Con virtud para suspender. Recurso en efecto suspensivo.
SUSTITUCIÓN O SUBSTITUCIÓN
Colocación de una persona en un lugar, derecho u obligación de otra. Situación de una cosa en donde otra estaba. Reemplazo. Relevo. Trueque en secreto y con propósito de obtener provecho o causar perjuicio. Nombramiento de un heredero o legatario en lugar de los designados con preferencia.
SUSTRACCIÓN
Apoderamiento cometido por un heredero, con el propósito de impedir la legalidad de la partición.
SWEATING SYSTEM
Locución inglesa. Sistema del sudor, en traducción literal. Es una forma despiadada del trabajo a destajo que ha sido denominada ilotismo industrial, para expresar el grado de explotación que significa. Suele producirse por lo general en el trabajo a domicilio, y sus victimas más frecuentes lo son las mujeres y los jóvenes.

1 comentario:

JOSÉ LARA CABELLO dijo...

Con el objeto de presentarles el Diccionario Jurídico, dentro del Blog y que este resulte más cómodo lo he dividido en varios apartados.
Dependiendo del espacio que ocupan los glosarios por palabras y significado.
Pueden buscar en otras entradas por las letras de la palabra o palabras que desen buscar.